A/HRC/43/51/Add.3 renouvelle sa demande au Gouvernement de lui fournir des informations détaillées et actualisées sur le processus d’adoption législatif, ainsi que sur le contenu du texte en cours de délibération. Le Rapporteur spécial renouvelle son souhait qu’une loi compréhensive soit adoptée afin de favoriser la protection ainsi que la promotion des défenseurs des droits de l’homme, qui soit en conformité avec le droit international des droits de l’homme, et qui tienne compte des considérations de genre. Djibouti 47. JAL 28/11/2019 Case no: DJI 1/2019 State reply: 28 Jan 2020 Allégations concernant la détention arbitraire et des actes de torture pendant sa détention de M. Osman Yonis Bogoreh, ainsi que la détention arbitraire et au secret de M. Said Abdilahi Yassin, militants de la deuxième fédération du Mouvement pour le Renouveau démocratique et le développement (MRD), principal parti d’opposition, et membres de la Ligue djiboutienne des droits humains (LDDH). 48. Le Rapporteur spécial remercie le Gouvernement pour sa réponse à la communication DJI 1/2019 qui porte à son attention de graves allégations de détention arbitraire et au secret, ainsi que des actes de torture, qu’auraient subis les défenseurs des droits de l’homme, M. Osman Yonis Bogoreh et M. Said Abdilahi Yassin. Equatorial Guinea 49. JAL 17/05/2019 Case no: GNQ 1/2019 Reply: none to date Información recibida en relación con los alegatos de detención arbitraria y los presuntos actos constitutivos de tortura en contra del Sr. Joaquín Elo Ayeto, defensor de derechos humanos, miembro del grupo de oposición política llamado “Convergencia por la Democracia Social (CPDS)” y fundador de Somos +. 50. JAL 03/09/2019 Case no: GNQ 2/2019 Reply: none to date Alegaciones en relación con alegaciones de severos actos de represión a las actividades de organizaciones de la sociedad civil ecuatoguineana, en particular sobre la disolución del Centro de Estudios e Iniciativas para el Desarrollo de Guinea Ecuatorial (CEID) y el hostigamiento del que ha sido víctima el Sr. Alfredo Okenve, los cuales podrían constituir los actos de represalias por su cooperación con mecanismos y órganos de derechos humanos de las Naciones Unidas. 51. El Relator Especial lamenta no haber recibido respuesta a ninguna de las dos comunicaciones enviadas durante el periodo abarcado por el presente informe, en particular dada la gravedad de las alegaciones mencionadas. 52. El Relator Especial reitera su preocupación sobre alegaciones de detención arbitraria, actos de tortura y/o malos tratos y la falta de investigación de dichos sucesos en Guinea Ecuatorial. En particular le preocupan al Relator Especial los casos del Sr. Joaquín Ayeto y el Sr. Alfredo Okenve puesto que pareciera que las alegaciones estarían conectadas con sus actividades de defensoría de los derechos humanos y de crítica al Gobierno ecuatoguineano. El Relator Especial reitera su preocupación por la aparente inexistencia de espacio para el debate abierto sobre asuntos públicos del país y en relación con los derechos humanos. 53. Adicionalmente, el Relator Especial se muestra preocupado por las normas restrictivas y desproporcionadas que regulan el registro de asociaciones civiles y le recuerda al Gobierno que las organizaciones de la sociedad civil, y en particular las personas defensoras de derechos humanos deberían poder inscribirse y operar libremente sin temor al acoso, la violencia o la intimidación, ni la amenaza de sufrirlos. El Relator Especial condena energicamente todo acto de intimdacion o represalia contra los defensores de los derechos humanos por su interacción con los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas. 12

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