A/HRC/43/51/Add.3
derecho, individual o colectivamente, a solicitar, recibir y utilizar recursos con el objeto
expreso de promover y proteger, por medios pacíficos, los derechos humanos y las libertades
fundamentales y que las restricciones excesivas del sistema financiero afectan de manera
profunda y negativa a la labor de las personas defensoras de derechos humanos.
241. El Relator Especial le recuerda al Gobierno de México la importancia de fomentar y
promover espacios adecuados para que las personas defensoras de derechos humanos puedan
ejercer libremente su labor, y sin temor a ser reprimidos.
242. Finalmente, el Relator Especial aplaude al Gobierno por la firma del Acuerdo de
Escazú y agradece la respuesta a la carta MEX 9/2019 en la que se indica que una vez se
obtengan las validaciones necesarias en torno al Acuerdo y a las eventuales declaraciones
interpretativas, se podrá continuar con el proceso de aprobación por el Senado de la
República. El Relator Especial hace un llamamiento a México a ratificar el Acuerdo de
Escazú lo antes posible y solicita se envíe información actualizada sobre los pasos y medidas
tomadas con este fin, incluyendo un cronograma, sobre los planes del Gobierno para la
ratificación del Acuerdo. Al momento de la finalización de este informe veintidós de los
treinta y tres países de la región de América Latina y el Caribe han firmado el tratado y cinco
lo han ratificado. El tratado entrará en vigor con 11 ratificaciones.
Nicaragua
243.
JAL 12/03/2019
Case no: NIC 1/2019
State reply: none to date
Alegaciones de severos actos de represión a las actividades de las organizaciones
de derechos humanos de la sociedad civil y limitación al derecho de reunión pacífica a
través de la cancelación de la personalidad jurídica de varias organizaciones no
gubernamentales, allanamientos ilegales a sus oficinas y a las de ciertos medios de
comunicación. Algunos de los actos descritos podrían constituir represalias como
consecuencia de la cooperación de miembros de organizaciones de la sociedad civil con
las Naciones Unidas, sus representantes y mecanismos en la esfera de los derechos
humanos.
244.
JOL 15/07/2019
Case no: NIC 2/2018
State reply: none to date
Preocupación ante la falta de entrada en vigor del Acuerdo Regional Sobre el
Acceso a la Información, Participación y Justicia en Asuntos Ambientales en América
Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú) por no haberse alcanzado el número mínimo
de 11 ratificaciones.
245.
JAL 31/07/2019
Case no: NIC 4/2018
State reply: none to date
Alegaciones recibidas en relación con la situación de nueve organizaciones de la
sociedad civil nicaragüense (Centro de Información y Servicios de Asesoría en Salud,
Centro de Investigación de la Comunicación, Instituto de Liderazgo Las Segovias,
Instituto de Estudios Estratégicos de Políticas Públicas, Instituto para el Desarrollo de
la Democracia, Fundación para la conservación y el desarrollo del sureste de Nicaragua,
Hagamos Democracia, Centro Nicaragüense de Derechos Humanos y Fundación Popol
Na para la Promoción y Desarrollo Municipal), en particular sobre los recursos legales
que han presentado, el estado actual de sus reclamaciones, el daño patrimonial relativo
a la cancelación de su personalidad jurídica y amenazas expresadas en contra de una
de las organizaciones.
246.
JAL 19/08/2019
Case no: NIC 5/2018
State reply: none to date
Alegaciones recibidas en relación con agresiones, intimidaciones y amenazas,
incluidas amenazas de muerte y detención en contra de Aníbal Enrique Toruño Jirón,
Aníbal Enrique Alonso Toruño, Víctor Xavier Morales Toruño, Audberto Jose Gallo
Solís, Catalino Leo Cárcamo Herrera, Marcelino Saturnino Osorio Salmerón,
Francisco José Torrez Tapia, Jorge Fernando Vallejos Olivas y Rudy Emelit Ramos
Reyes, empleada de Radío Darío en León, Nicaragua.
247.
38
PR: 26/08/2019
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