A/HRC/43/51/Add.3
Alegaciones recibidas en relación a serias violaciones a los derechos a la libertad
de expresión, libertad de reunión pacífica y a la libertad de asociación en Venezuela en
el contexto de las manifestaciones recientes, incluyendo el uso excesivo de la fuerza en
contra de manifestantes resultando en muertos y heridos, detenciones arbitrarias
masivas, detención y deportación de múltiples periodistas y restricción parcial del
acceso al internet.
286.
JOL 15/07/2019
Case no: VEN 4/2019
State reply: none to date
Preocupación ante la falta de entrada en vigor del Acuerdo Regional Sobre el
Acceso a la Información, Participación y Justicia en Asuntos Ambientales en América
Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú) por no haberse alcanzado el número mínimo
de 11 ratificaciones.
287.
JOL 07/10/2019
Case no: VEN 6/2019
State reply: 07/11/2019
Alegaciones de suspensión arbitraria de actividades de registro para
organizaciones no gubernamentales, asociaciones y fundaciones en las oficinas del
Registro Principal del Estado de Miranda adscrito al Ministerio del Poder Popular para
Relaciones Interiores, Justicia y Paz en Venezuela.
288.
PR: 21/03/20919
Venezuela: UN experts condemn widespread rights violations reported during
protests
289. El Relator Especial agradece la respuesta recibida a una de las tres comunicaciones
enviadas durante el periodo abarcado por el presente informe. Sin embargo, lamenta que no
se hayan recibido respuestas al resto de las comunicaciones, en particular dada la gravedad
de las alegaciones.
290. El Relator Especial mostró su preocupación ante el uso de la fuerza en contra de
manifestantes pacíficos en Venezuela durante protestas que tuvieron lugar a inicios del 2019.
El Relator Especial recuerda al Gobierno de Venezuela que la represión de protestas sociales
puede tener un efecto disuasivo en la organización de futuras manifestaciones, contribuyendo
negativamente en la labor de defensoría de los derechos humanos. Asimismo, el Relator
Especial se muestra preocupado por las restricciones al derecho a la libertad de expresión, en
particular a través de la detención e intimidación de periodistas.
291. El Relator Especial agradece la información proporcionada por el Gobierno de
Venezuela en la respuesta con fecha de 7 de noviembre de 2019, en particular sobre el
ordenamiento jurídico interno de Venezuela el cual reconoce el derecho a la libertad de
reunión y asociación y por aclarar que cualquier información publicada por alguna oficina de
Registro en relación con la suspensión o prohibición de la protocolización o inscripción de
Actas Constitutivas o de Asambleas, ordinarias o extraordinarias, a organizaciones no
gubernamentales (ONG), asociaciones y fundaciones, no ha sido autorizada por las
autoridades correspondientes y sería un hecho aislado. El Relator Especial toma nota de que
se han adoptado medidas de supervisión y seguimiento correspondiente a dichos hechos y
espera recibir información adicional sobre el avance de dichas medidas.
292. El Relator Especial lamenta no haber recibido respuesta a la comunicación VEN
4/2019. El Relator Especial hace un llamamiento a Venezuela a firmar y ratificar el Acuerdo
de Escazú lo antes posible y solicita se envíe información actualizada sobre los pasos y
medidas tomadas con este fin, incluyendo un cronograma, sobre los planes del Gobierno. Al
momento de la finalización de este informe veintidós de los treinta y tres países de la región
de América Latina y el Caribe han firmado el tratado y cinco lo han ratificado. El tratado
entrará en vigor con 11 ratificaciones.
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