A/HRC/43/51/Add.3 derecho, individual o colectivamente, a solicitar, recibir y utilizar recursos con el objeto expreso de promover y proteger, por medios pacíficos, los derechos humanos y las libertades fundamentales y que las restricciones excesivas del sistema financiero afectan de manera profunda y negativa a la labor de las personas defensoras de derechos humanos. 241. El Relator Especial le recuerda al Gobierno de México la importancia de fomentar y promover espacios adecuados para que las personas defensoras de derechos humanos puedan ejercer libremente su labor, y sin temor a ser reprimidos. 242. Finalmente, el Relator Especial aplaude al Gobierno por la firma del Acuerdo de Escazú y agradece la respuesta a la carta MEX 9/2019 en la que se indica que una vez se obtengan las validaciones necesarias en torno al Acuerdo y a las eventuales declaraciones interpretativas, se podrá continuar con el proceso de aprobación por el Senado de la República. El Relator Especial hace un llamamiento a México a ratificar el Acuerdo de Escazú lo antes posible y solicita se envíe información actualizada sobre los pasos y medidas tomadas con este fin, incluyendo un cronograma, sobre los planes del Gobierno para la ratificación del Acuerdo. Al momento de la finalización de este informe veintidós de los treinta y tres países de la región de América Latina y el Caribe han firmado el tratado y cinco lo han ratificado. El tratado entrará en vigor con 11 ratificaciones. Nicaragua 243. JAL 12/03/2019 Case no: NIC 1/2019 State reply: none to date Alegaciones de severos actos de represión a las actividades de las organizaciones de derechos humanos de la sociedad civil y limitación al derecho de reunión pacífica a través de la cancelación de la personalidad jurídica de varias organizaciones no gubernamentales, allanamientos ilegales a sus oficinas y a las de ciertos medios de comunicación. Algunos de los actos descritos podrían constituir represalias como consecuencia de la cooperación de miembros de organizaciones de la sociedad civil con las Naciones Unidas, sus representantes y mecanismos en la esfera de los derechos humanos. 244. JOL 15/07/2019 Case no: NIC 2/2018 State reply: none to date Preocupación ante la falta de entrada en vigor del Acuerdo Regional Sobre el Acceso a la Información, Participación y Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú) por no haberse alcanzado el número mínimo de 11 ratificaciones. 245. JAL 31/07/2019 Case no: NIC 4/2018 State reply: none to date Alegaciones recibidas en relación con la situación de nueve organizaciones de la sociedad civil nicaragüense (Centro de Información y Servicios de Asesoría en Salud, Centro de Investigación de la Comunicación, Instituto de Liderazgo Las Segovias, Instituto de Estudios Estratégicos de Políticas Públicas, Instituto para el Desarrollo de la Democracia, Fundación para la conservación y el desarrollo del sureste de Nicaragua, Hagamos Democracia, Centro Nicaragüense de Derechos Humanos y Fundación Popol Na para la Promoción y Desarrollo Municipal), en particular sobre los recursos legales que han presentado, el estado actual de sus reclamaciones, el daño patrimonial relativo a la cancelación de su personalidad jurídica y amenazas expresadas en contra de una de las organizaciones. 246. JAL 19/08/2019 Case no: NIC 5/2018 State reply: none to date Alegaciones recibidas en relación con agresiones, intimidaciones y amenazas, incluidas amenazas de muerte y detención en contra de Aníbal Enrique Toruño Jirón, Aníbal Enrique Alonso Toruño, Víctor Xavier Morales Toruño, Audberto Jose Gallo Solís, Catalino Leo Cárcamo Herrera, Marcelino Saturnino Osorio Salmerón, Francisco José Torrez Tapia, Jorge Fernando Vallejos Olivas y Rudy Emelit Ramos Reyes, empleada de Radío Darío en León, Nicaragua. 247. 38 PR: 26/08/2019

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