A/HRC/38/44/Add.5 promover un juicio, al determinarse que la conducta de los procesados se encontraba dentro de la legalidad, lo que no tiene lugar en todos los casos, ya que sin existen condenas a personal policial o militar por homicidio, uso excesivo de la fuerza y por no respetar los protocolos establecidos. Párrafo 49 Se invita a la señora Relatora a verificar los datos presentados y a analizar el documento denominado: “Informe de la Policía Nacional Civil a las Dra. Agnes Callamard, Relatora Especial sobre Ejecuciones Extrajudiciales, Sumarias o Arbitrarias, en oportunidad de su visita a la sede central de la PNC, sobre algunas de las acciones implementadas para la mejora de los procesos institucionales con enfoque de respeto irrestricto de los derechos humanos”, que le fue entregado en fecha 29 de enero de 2018 en su reunión con autoridades de la Policía Nacional Civil y que presenta un cuadro consolidado de policías sancionados por diferentes faltas graves y muy graves y tipos de sanción impuesta por los tribunales disciplinarios en los años 2015, 2016 y 2017, cuyos números distan de lo planteado por la señora Relatora. Sobre el apartado V Ejecuciones cometidas por actores no estatales En relación a lo consignado en la letra A de este apartado, como en todos aquellos en que se maneje información estadística, se recomienda especificar la fuente, a fin de que el Estado pueda confrontar con los datos en poder de la Policía Nacional Civil Párrafo 71 En ocasión de la visita de la señora Relatora al edificio central de la PNC, se le hizo entrega de la siguiente información: a) Plan estratégico institucional; b) Manual de Policía Comunitaria; c) Manual y procedimientos investigativos tomo I/II, en atención a la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres; d) Manual y Procedimientos investigativos tomo II/II, en atención a la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres; e) Manual y Procedimientos investigativos tomo III/III, en atención a la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres; f) Protocolo de actuación para la investigación del femenicidi; g) Lineamientos policiales para el abordaje especializado de la violencia contra las mujeres. Perfil de la Unidad Institucional de Atención Especializada a las Mujeres en Situación de Violencia, de la Oficina de Denuncia y Atención Ciudadana (UNIMUJER-ODAC). Párrafo 82 Se señala que la Relatora recibió información sobre “195 inmigrantes salvadoreños asesinados en San Fernando, Tamaulipas, Méjico” y que “Los familiares de migrantes muertos o desaparecidos hablaron de falta de asesoramiento, apoyo y asistencia nacional”. En relación a este punto, el Estado de El Salvador se permite aclarar en primer orden, que la cifra de 195 migrantes salvadoreños asesinados en Tamaulipas no se corresponde con los hechos del caso. Lastimosamente en Tamaulipas, México, se han presentado hasta la fecha dos graves hechos que han involucrado a nacionales salvadoreños, el primero es la masacre en 2010 de 7

Select target paragraph3

Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents