A/HRC/43/51/Add.3
Jiménez Villalta, abogado indígena y defensor de los derechos humanos, quien se
desempeña como asesor legal del Parlamento Xinka desde 2015.
196.
JOL 15/07/2018
Case no: GTM 7/2019
State reply: 26/08/2019
Información recibida en relación con la ratificación del Acuerdo Regional sobre
el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos
Ambientales en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú) como una cuestión de
prioridad.
197.
JAL 22/07/2019
Case no: GTM 4/2019
State reply: none to date
Alegaciones recibidas proveniente de diferentes actores nacionales sobre los
impactos negativos que han tenido una serie de desalojos forzosos ejecutados desde 2017
a la fecha, en varios derechos humanos entre ellos el derecho a vivienda, alimentación,
agua, saneamiento, educación, de las personas que viven en el área rural y que
pertenecen a pueblos indígenas y a comunidades campesinas.
198.
PR: 19/12/2018
Guatemala: Expertos de la ONU preocupados por condena a líder indígena en
represalia por oposición al proyecto hidroeléctrico Oxec.
199. El Relator Especial agradece al Gobierno de Guatemala por sus respuestas a las
comunicaciones GTM 5/2019 y GTM 7/2019, sin embargo, lamenta no haber recibido aún
respuestas a las comunicaciones GTM 4/2019 y GTM 16/2018 dado la gravedad de las
alegaciones señaladas en las cartas. El Relator Especial también agradece al Gobierno la
respuesta recibida a GTM 14/2018, comunicación enviada durante el período abarcado por
el informe anterior. Asimismo, el Relator Especial saluda la firma del Acuerdo de Escazú el
27 de septiembre de 2018 y agradece al Gobierno su respuesta con información en cuanto a
los pasos ya tomados y el procedimiento interno que llevará a cabo para completar los
procedimientos técnicos. En este contexto, urge al Gobierno que ratifique el acuerdo lo antes
posible. Al momento de la finalización de este informe veintidós de los treinta y tres países
de la región de América Latina y el Caribe han firmado el tratado y cinco lo han ratificado.
El tratado entrará en vigor con 11 ratificaciones.
200. El Relator agradece al Gobierno de Guatemala por la información incluida en la
respuesta a recibida el 11 de septiembre de 2019 sobre las irregularidades en el cumplimiento
de una sentencia de la Corte de Constitucionalidad en la que se ordenaba al Estado consultar
al pueblo indígena Xinca antes de otorgar de nuevo las licencias de exploración y explotación
de una mina de plata y sobre los ataques, las amenazas e intimidaciones que habría sufrido el
Sr. Quelvin Otoniel Jiménez Villalta, abogado indígena y defensor de los derechos humanos.
Desde la sentencia de la Corte de Constitucionalidad se incrementaron los ataques en contra
del Sr. Jiménez Villalta, quien se desempeña como asesor legal del Parlamento Xinka. El
Relator Especial lamenta que las medidas cautelares de la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos otorgadas el 10 de julio de 2019 a favor del señor Quelvin Otoniel
Jiménez no hayan sido plenamente implementadas y que la consulta con las comunidades
indígenas afectadas por las actividades de la Mina San Rafael no se haya llevado a cabo en
los términos del Convenio 169 de la OIT y en conformidad con la la Declaración de las
Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
201. El Relator Especial muestra gran preocupación por la grave situación en la que las
personas defensoras de los derechos de las personas indígenas deben realizar su trabajo en
Guatemala, incluyendo los abogados de las comunidades indígenas. A pesar de las
comunicaciones enviadas al Gobierno de Guatemala en 2018 y 2019, el Relator nota con
preocupación que la situación de desigualdad estructural, acompañada de varios vacíos
legales para garantizar los derechos a la libre determinación y los derechos asociados sobre
tierras, territorios y recursos naturales, sigue causando desalojos forzados de personas
indígenas y campesinas. Reitera firmemente su recomendación a las autoridades para que se
lleve a cabo un debido proceso de investigación, sanción y justicia (A/HRC/39/17/Add.3,
para. 103), para poner fin a los desplazamientos de sectores vulnerables de la sociedad. El
Relator Especial muestra su preocupación ante la tendencia de estigmatizar a algunas
comunidades indígenas como “usurpadores” puesto que esto no solo deslegitimiza las formas
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