A/HRC/43/51/Add.3 Jiménez Villalta, abogado indígena y defensor de los derechos humanos, quien se desempeña como asesor legal del Parlamento Xinka desde 2015. 196. JOL 15/07/2018 Case no: GTM 7/2019 State reply: 26/08/2019 Información recibida en relación con la ratificación del Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú) como una cuestión de prioridad. 197. JAL 22/07/2019 Case no: GTM 4/2019 State reply: none to date Alegaciones recibidas proveniente de diferentes actores nacionales sobre los impactos negativos que han tenido una serie de desalojos forzosos ejecutados desde 2017 a la fecha, en varios derechos humanos entre ellos el derecho a vivienda, alimentación, agua, saneamiento, educación, de las personas que viven en el área rural y que pertenecen a pueblos indígenas y a comunidades campesinas. 198. PR: 19/12/2018 Guatemala: Expertos de la ONU preocupados por condena a líder indígena en represalia por oposición al proyecto hidroeléctrico Oxec. 199. El Relator Especial agradece al Gobierno de Guatemala por sus respuestas a las comunicaciones GTM 5/2019 y GTM 7/2019, sin embargo, lamenta no haber recibido aún respuestas a las comunicaciones GTM 4/2019 y GTM 16/2018 dado la gravedad de las alegaciones señaladas en las cartas. El Relator Especial también agradece al Gobierno la respuesta recibida a GTM 14/2018, comunicación enviada durante el período abarcado por el informe anterior. Asimismo, el Relator Especial saluda la firma del Acuerdo de Escazú el 27 de septiembre de 2018 y agradece al Gobierno su respuesta con información en cuanto a los pasos ya tomados y el procedimiento interno que llevará a cabo para completar los procedimientos técnicos. En este contexto, urge al Gobierno que ratifique el acuerdo lo antes posible. Al momento de la finalización de este informe veintidós de los treinta y tres países de la región de América Latina y el Caribe han firmado el tratado y cinco lo han ratificado. El tratado entrará en vigor con 11 ratificaciones. 200. El Relator agradece al Gobierno de Guatemala por la información incluida en la respuesta a recibida el 11 de septiembre de 2019 sobre las irregularidades en el cumplimiento de una sentencia de la Corte de Constitucionalidad en la que se ordenaba al Estado consultar al pueblo indígena Xinca antes de otorgar de nuevo las licencias de exploración y explotación de una mina de plata y sobre los ataques, las amenazas e intimidaciones que habría sufrido el Sr. Quelvin Otoniel Jiménez Villalta, abogado indígena y defensor de los derechos humanos. Desde la sentencia de la Corte de Constitucionalidad se incrementaron los ataques en contra del Sr. Jiménez Villalta, quien se desempeña como asesor legal del Parlamento Xinka. El Relator Especial lamenta que las medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos otorgadas el 10 de julio de 2019 a favor del señor Quelvin Otoniel Jiménez no hayan sido plenamente implementadas y que la consulta con las comunidades indígenas afectadas por las actividades de la Mina San Rafael no se haya llevado a cabo en los términos del Convenio 169 de la OIT y en conformidad con la la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. 201. El Relator Especial muestra gran preocupación por la grave situación en la que las personas defensoras de los derechos de las personas indígenas deben realizar su trabajo en Guatemala, incluyendo los abogados de las comunidades indígenas. A pesar de las comunicaciones enviadas al Gobierno de Guatemala en 2018 y 2019, el Relator nota con preocupación que la situación de desigualdad estructural, acompañada de varios vacíos legales para garantizar los derechos a la libre determinación y los derechos asociados sobre tierras, territorios y recursos naturales, sigue causando desalojos forzados de personas indígenas y campesinas. Reitera firmemente su recomendación a las autoridades para que se lleve a cabo un debido proceso de investigación, sanción y justicia (A/HRC/39/17/Add.3, para. 103), para poner fin a los desplazamientos de sectores vulnerables de la sociedad. El Relator Especial muestra su preocupación ante la tendencia de estigmatizar a algunas comunidades indígenas como “usurpadores” puesto que esto no solo deslegitimiza las formas 32

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