Situación durante la visita (A/HRC/22/45/Add.1) Observaciones: medidas adoptadas/situación actual Nivel de implementación y observaciones (a ser completado por el GTDFI) Dentro de los objetivos específicos del PNBPD se encuentra la promoción de la participación de los familiares en los procesos de búsqueda para que se dé a partir de decisiones tomadas por ellos mismos, sobre la base de información entregada de manera clara, oportuna y suficiente. En el objetivo estratégico número 2 dentro del PNBPD se recoge que se respetará la decisión de los familiares sobre la realización de la restitución de forma individual o colectiva y se brindará acompañamiento psicosocial y apoyo logístico a la familia durante todo el proceso fúnebre, de acuerdo a sus costumbres y creencias. En este mismo sentido se pronuncia la Directiva Nº 001-2017-JUS/VMDHAJDGBPD en sus disposiciones específicas 6.1.6 y 6.1.7. o) Facilitar el acceso a la información de los archivos de las fuerzas armadas y la Policía Nacional del Perú, a través de una enérgica cooperación del Ministerio de Defensa con los requerimientos judiciales, fundamentalmente en referencia a la información que puedan brindar sobre sitios de entierro y perpetradores. Ver párrafos 39 a 42 del informe. Estado Al respecto, cabe mencionar que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1267 (16/12/2016) se aprobó la Ley de la Policía Nacional del Perú, que establece: “Artículo 2.Funciones. Son funciones de la Policía Nacional del Perú las siguientes: 15) Garantizar el cumplimiento de los mandato escritos del Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Jurado Nacional de Elecciones, Ministerio Público y la Oficina Nacional de Procesos Electorales, en el ejercicio de sus funciones.” Asimismo, mediante la Resolución Directoral Nº 7762016-DIRGEN/EMG-PNP (27/07/2016) se aprobó el Manual de Documentación Policial, en el que se establece que los archivos policiales son “documentos organizados y conservados en ambientes especiales, generados en el ejercicio de la función policial, para consulta y utilización en temas estadísticos, evaluación científica de la actividad delictiva o productividad policial, investigación, cultural, histórica, informativa y de gestión administrativa.”154 154 Manual de Documentación Policial. Capítulo VII: Acervo documental. Literal A. Archivos policiales. El Grupo de Trabajo toma nota de las medidas legislativas que facilitarían el acceso a la información de los archivos de la Policía Nacional del Perú. Sin embargo, preocupa la reportada negativa del Ministerio de Defensa de entregar información respecto del personal militar destacado en el tiempo y lugar en donde se cometieron graves violaciones de derechos humanos, pese a los requerimientos tanto del Poder Judicial y el Ministerio Público, misma que habría favorecido la impunidad y retrasado el esclarecimiento de los hechos. El Grupo de Trabajo hace referencia al Comentario General sobre el derecho a la verdad en relación con las desapariciones forzadas (A/HRC/16/48 par. 39), mismo que establece que el derecho a la verdad implica que el Estado tiene la obligación de dar pleno acceso a la información disponible para A/HRC/SS/##/Add.#1 136 Recomendaciones (A/HRC/33/51/Add.3)

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