A/HRC/32/36/Add.4 obligación de investigar cada uno de estos reclamos y de dar respuesta al requirente (Orden General 2088 de 11 de mayo de 2012 que crea el Departamento de Información Pública, Reclamos y Sugerencias, OIRS). 36. Párrafos 55 a 68: Se estima conveniente considerar que el interés de Carabineros es fortalecer la confianza de población mapuche rural y urbana, y adoptar los resguardos necesarios para atender sus necesidades específicas de seguridad. 37. Para este efecto se creó en 2013 un servicio policial compuesto por carabineros capacitados en identidad social y cultural mapuche que dio origen a las Patrullas de Atención a Comunidades Indígenas (PACI). Mediante Orden General 2220 de 26 de septiembre de 2013 se asignó formalmente al Departamento de Integración Comunitaria de Carabineros de Chile se encargara de coordinar el funcionamiento de las PACI. Estas patrullas se desempeñan actualmente en la VIII Zona de Carabineros, Prefectura Arauco (Octava Comisaría Cañete); XIV Zona de Carabineros “Los Ríos”, Prefectura Valdivia (Quinta Comisaría Panguipulli, y); IX Zona de Carabineros “Araucanía”, Prefectura Villarica (Quinta Comisaría Pitrufquén), Prefectura Malleco (Cuarta Comisaría Victoria, Segunda Comisaría Collipulli), Prefectura Cautín (Tercera Comisaría Padre Las Casas).Estas en la actualidad están compuestas mayoritariamente por personal de origen mapuche 38. Carabineros de Chile ha identificado grupos poblacionales que se encuentran expuestos a prejuicios sociales. Esta situación de discriminación y abuso social genera amenazas a su seguridad personal que son abordadas policialmente a través de medidas específicas de protección. La protección especial de las personas pertenecientes al pueblo mapuche forma parte estas orientaciones 7

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