A/HRC/38/44/Add.5
Párrafo 8
Se señala que la Relatora se reunió con varios “sobrevivientes y testigos” y se indica que
“algunos habían sido torturados y mostraban cicatrices”, pero el Estado advierte que no hay
precisión sobre a quién o a quienes se atribuyen tales hechos, si es a grupos criminales y
miembros de pandillas o a agentes estatales, por lo que solicita que se precise este
señalamiento, ya que la tortura constituye un delito de una gravedad, que está comprendido
en el apartado correspondiente a los “delitos contra la humanidad” en la legislación penal
de El Salvador y no es tolerada como parte de la actuación de agentes de seguridad.
También se indica en este mismo párrafo la alarma de la Relatora por “la escasez de
servicios disponibles a las víctimas de la violencia”. Si bien el Estado brindó amplia
información a la señora Relatora durante su visita, se permite referir una vez más que en el
marco de la ejecución del Plan El Salvador Seguro 1, durante el año 2017 se crearon 1as
Oficinas Locales de Atención a Víctimas (OLAV), como una dependencia de la Dirección
de Atención a Víctimas del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública y se encuentran
ubicadas en
municipios priorizados por el mismo Plan, dentro de Alcaldías Municipales, hospitales
nacionales y una de ellas ubicada en el Centro de Atención Integral al Migrante (CAIM).
Las OLAV son espacios físicos equipados con personal capacitado para la atención
especializada de víctimas de hechos de violencia y delitos. Brindan servicios a las víctimas
de manera gratuita y confidencial y proveen de asesoría jurídica, psicológica y social,
utilizando métodos lúdicos en la atención de niños y niñas. Durante 2017 entraron en
funciones 19 OLAV en todo el territorio nacional.
Adicionalmente, la Policía Nacional Civil cuenta con las Oficinas de Atención Ciudadana
(ODAC), donde las víctimas pueden presentarse para interponer denuncias formales por
hechos de violencia. Bajo esta figura, algunas ODAC se han equipado y especializado para
convertirse en UNIMUJER-ODAC, a efecto de brindar atención por parte de personal
policial especializado en temas referentes a derechos y procedimientos con mujeres
víctimas de violencia y delitos, víctimas de trata, atención a víctimas y testigos/as, enfoque
generacional de la atención a mujeres jóvenes, atención a víctimas con discapacidad,
anticoncepción oral de emergencia, entre otros aspectos. Estas oficinas son especializadas
en la atención a las mujeres en las diversas etapas del ciclo de vida: niñas, adolescentes,
adultas o adultas mayores. Actualmente existen 24 UNIMUJER-ODAC en todo el territorio
salvadoreño.
Párrafo 9
La señora Relatora se refiere a una supuesta agravación de las condiciones de
funcionamiento de la Policía Nacional Civil y del sistema judicial, producto de la
implementación de las medidas extraordinarias, lo que denota una concepción errónea del
concepto de medidas extraordinarias y su ámbito de aplicación, en el sentido que las
mismas están destinadas al control de actividades delictivas en y desde el interior de los
centros penitenciarios.
Además, se refiere a la poca disponibilidad de recursos y cultura organizacional, como
parámetros que demuestran en su opinión “una escasez significativa de capacidad forense y
1 1 Este
Plan fue definido por el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana y Convivencia [integrado
por instituciones del Órgano Ejecutivo, del Órgano Judicial, del Ministerio Público, instancias
nacionales rectoras en temas mujer, niñez, adolescencia y juventud, gobiernos locales, empresa
privada, iglesias, medios de comunicación, partidos políticos, representantes de sociedad civil y la
comunidad internacional] y comprende 5 ejes fundamentales: Prevención de la violencia, control y
persecución penal, rehabilitación y reinserción, atención y protección a víctimas y fortalecimiento
institucional.
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