A/HRC/43/51/Add.3
renouvelle sa demande au Gouvernement de lui fournir des informations détaillées et
actualisées sur le processus d’adoption législatif, ainsi que sur le contenu du texte en cours
de délibération. Le Rapporteur spécial renouvelle son souhait qu’une loi compréhensive soit
adoptée afin de favoriser la protection ainsi que la promotion des défenseurs des droits de
l’homme, qui soit en conformité avec le droit international des droits de l’homme, et qui
tienne compte des considérations de genre.
Djibouti
47.
JAL 28/11/2019
Case no: DJI 1/2019
State reply: 28 Jan 2020
Allégations concernant la détention arbitraire et des actes de torture pendant sa
détention de M. Osman Yonis Bogoreh, ainsi que la détention arbitraire et au secret de
M. Said Abdilahi Yassin, militants de la deuxième fédération du Mouvement pour le
Renouveau démocratique et le développement (MRD), principal parti d’opposition, et
membres de la Ligue djiboutienne des droits humains (LDDH).
48.
Le Rapporteur spécial remercie le Gouvernement pour sa réponse à la communication
DJI 1/2019 qui porte à son attention de graves allégations de détention arbitraire et au secret,
ainsi que des actes de torture, qu’auraient subis les défenseurs des droits de l’homme, M.
Osman Yonis Bogoreh et M. Said Abdilahi Yassin.
Equatorial Guinea
49.
JAL 17/05/2019
Case no: GNQ 1/2019
Reply: none to date
Información recibida en relación con los alegatos de detención arbitraria y los
presuntos actos constitutivos de tortura en contra del Sr. Joaquín Elo Ayeto, defensor
de derechos humanos, miembro del grupo de oposición política llamado “Convergencia
por la Democracia Social (CPDS)” y fundador de Somos +.
50.
JAL 03/09/2019
Case no: GNQ 2/2019
Reply: none to date
Alegaciones en relación con alegaciones de severos actos de represión a las
actividades de organizaciones de la sociedad civil ecuatoguineana, en particular sobre
la disolución del Centro de Estudios e Iniciativas para el Desarrollo de Guinea
Ecuatorial (CEID) y el hostigamiento del que ha sido víctima el Sr. Alfredo Okenve, los
cuales podrían constituir los actos de represalias por su cooperación con mecanismos y
órganos de derechos humanos de las Naciones Unidas.
51.
El Relator Especial lamenta no haber recibido respuesta a ninguna de las dos
comunicaciones enviadas durante el periodo abarcado por el presente informe, en particular
dada la gravedad de las alegaciones mencionadas.
52.
El Relator Especial reitera su preocupación sobre alegaciones de detención arbitraria,
actos de tortura y/o malos tratos y la falta de investigación de dichos sucesos en Guinea
Ecuatorial. En particular le preocupan al Relator Especial los casos del Sr. Joaquín Ayeto y
el Sr. Alfredo Okenve puesto que pareciera que las alegaciones estarían conectadas con sus
actividades de defensoría de los derechos humanos y de crítica al Gobierno ecuatoguineano.
El Relator Especial reitera su preocupación por la aparente inexistencia de espacio para el
debate abierto sobre asuntos públicos del país y en relación con los derechos humanos.
53.
Adicionalmente, el Relator Especial se muestra preocupado por las normas restrictivas
y desproporcionadas que regulan el registro de asociaciones civiles y le recuerda al Gobierno
que las organizaciones de la sociedad civil, y en particular las personas defensoras de
derechos humanos deberían poder inscribirse y operar libremente sin temor al acoso, la
violencia o la intimidación, ni la amenaza de sufrirlos. El Relator Especial condena
energicamente todo acto de intimdacion o represalia contra los defensores de los derechos
humanos por su interacción con los mecanismos de derechos humanos de las Naciones
Unidas.
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