A/HRC/35/23/Add.3 26. En este mismo orden de ideas se informa que es debido al aumento de las muertes en Honduras, entre estos los grupos vulnerables identificados como periodistas, miembros LGTBI, extranjeros y abogados, que generaron la necesidad de crear una Fiscalía Especializada en las diferentes tipologías del asesinato, con el fin de dar una respuesta en referencia a este delito. 27. En lo que respecta al párrafo 46, se informa que la Fiscalía Especial de Delitos Contra la Vida, a través de la Unidad de Muertes de Personas pertenecientes a Grupos Sociales Vulnerables registra del 2010 al 2014, 123 homicidios de personas LGTBI. 28. En relación con el párrafo 47, de acuerdo con lo que informó el Ministerio Público las estadísticas registradas por muertes violentas de personas pertenecientes a LGTBI del 2008 a la fecha a nivel nacional suman un total de 232 casos y de los cuales existen 48 casos judicializados, 19 se encuentran con Sentencias Condenatorias y 9 Sentencias Absolutorias a nivel nacional. 29. En relación al párrafo 48, La sección de Muerte de Personas Pertenecientes a Grupos Sociales Vulnerables está a cargo de investigar las muertes de miembros perteneciente a la comunidad LGTBI (Lésbico, Gay, Transexual, Bisexual e Intersexual). Del 2013 a 2014 existen 47 investigaciones de Muertes Violentas y en el 2015 disminuye a 23 el número de personas asesinadas. 30. En lo que respecta al párrafo 49, un informe del Ministerio Público establece que las investigaciones realizadas por muertes de Personas LGTBI no han establecido que se haya cometido por odio o discriminación. Las principales causas de muerte de miembros de la comunidad, se han debido al robo que los mismos realizan a sus clientes, por venta de drogas, pero no así por su identidad de género y las muertes ordenadas por los mismos miembros de la comunidad en contra de otros miembros pertenecientes a esta. 31. En cuanto al párrafo 51, el Ministerio Público reportó que fueron judicializados el caso de Alfredo Landaverde- Subdirector de la DLCN, también se resolvió casos de las muertes de los Fiscales Orlan Arturo Chávez, Eduardo Díaz Mazariegos, Raúl Enrique Reyes, Marlene Banegas y Olga Patricia Eufragio. Por lo que en los asesinatos en contra de los cinco fiscales se han brindado una respuesta, se continúan desarrollando las investigaciones con el fin de encontrar las personas que giraron las órdenes para su muerte. 32. En lo que se refiere al párrafo 52, se han judicializado múltiples casos de abogados que fueron asesinados por bandas de sicarios, aun y cuando, la política y la sociedad no han estado de acuerdo con la imputación que realiza el Ministerio Público. No obstante, sus fiscales continúan con la acusación, siempre y cuando existan medios de prueba que fundamentan la imputación incoada, tal es el caso de la muerte del abogado Edwin Geovanny Eguigure en donde el Tribunal de Sentencias con Competencia Nacional condenó al reo Kevin Joshua Solorzano Hernández por los delitos de Asesinato y Tentativa de Asesinato. 33. En cuanto al párrafo 53, de acuerdo con datos proporcionados por el Ministerio Público un 70% de los casos donde han resultado asesinados los abogados, no ha sido resultado de sus acciones como defensores de Derechos Humanos, si no por el contrario han sido asesinados por supuestos nexos con el crimen organizado. 34. En relación al párrafo 54, se asevera que los líderes indígenas, los defensores de los derechos sobre la tierra y los campesinos también son víctimas de ataques, homicidio, intimidación y amenazas de manera desproporcionada, en especial quienes defienden sus territorios y recursos naturales en el contexto de proyectos de desarrollo. Estas graves violaciones de los derechos humanos se atribuyen a guardias de seguridad privada contratados por empresas poseedoras de tierras, a las fuerzas policiales y al ejército. Aseveración que está alejada de la realidad dado que las investigaciones en varios de los 5

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