A/HRC/38/44/Add.5 72 migrantes, entre los cuales se identificaron los restos de 14 salvadoreños y el segundo, el 11 de abril de 2011, cuando fueron encontrados 193 cadáveres en fosas en San Fernando, Tamaulipas, México, entre los que inicialmente las autoridades de ese país descartaron la existencia de personas de nacionalidad salvadoreña, pero a partir de gestiones del Estado de El Salvador, que se logró la identificación como nacionales salvadoreños de dos personas fallecidas, lo que fue posible a través de registros dactilares, reconocimiento forense y el cruce de los perfiles genéticos de los restos encontrados con los perfiles de los familiares en poder del “Banco Salvadoreño para migrantes no localizados”. En este caso en particular, además de comunicaciones por la vía diplomática, funcionarios de la Cancillería y peritos forenses del Instituto de Medicina Legal se trasladaron hasta el territorio del Estado referido para tales gestiones. Adicionalmente, desde la Cancillería se brindó el acompañamiento en el proceso de repatriación de los restos y se ofrecieron a familiares talleres de soporte psicosocial. Fuente: Memoria de labores 2010-2011 del Ministerio de Relaciones Exteriores, pág. 99 Párrafo 85 En este párrafo se refiere a la situación de desplazamiento interno, señalando que El Salvador no ha reconocido el problema. Además, se retoman declaraciones de la Relatora Especial sobre los derechos humanos de los desplazados internos, en el sentido que “El Salvador no cuenta con un marco jurídico, políticas públicas o programas para su población desplazada”. En relación a lo anterior, el Estado se permite comunicar que en el segundo semestre del año 2017, la Dirección de Atención a Víctimas del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, que a su vez lidera la Mesa Nacional de Atención a Víctimas, inició una serie de proyectos que 10 tuvieron como objetivo la formulación de documentos bases para los siguientes esfuerzos: a) el Anteproyecto de la Ley Especial para la Atención, Protección y Reparación Integral a Víctimas de Delito; b) la Política Nacional de Atención Integral a Víctimas de Violencia, y; c) la Hoja de Ruta de Coordinación Interinstitucional para la Atención y Protección Integral de las Víctimas de Movilidad Interna a Causa de la Violencia. Con lo anterior, se pretende garantizar la atención y protección de las víctimas en situación de movilidad interna a causa de la violencia, por medio de la coordinación y articulación interinstitucional. Para la generación de todos los documentos se realizaron talleres consultivos con diferentes actores nacionales, con el objetivo de lograr una mayor apropiación del tema, los cuales seguirán desarrollándose durante el año 2018. El 20 de marzo del presente año fue presentada la Hoja de Ruta de Coordinación Interinstitucional para la Atención y Protección Integral de las Víctimas de Movilidad Interna a Causa de la Violencia. Recientemente la PDDH ha iniciado coordinación institucional con la Unidad Técnica Ejecutiva del Sector Justicia, quienes a través del Programa de Protección a Víctimas y Testigos están asumiendo al resguardo temporal de algunas personas víctimas de desplazamiento involuntario, garantizando la protección del derecho a la vida e integridad personal. Párrafo 84 En relación a crímenes en contra de la población LGBTI, el Estado comunica que si existen casos judicializados y condenados, de forma que durante la visita de la señora Relatora y en su reunión con autoridades policiales, le fue expuesto el caso de los homicidios de mujeres 8

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