A/HRC/38/44/Add.5
72 migrantes, entre los cuales se identificaron los restos de 14 salvadoreños y el segundo, el
11 de abril de 2011, cuando fueron encontrados 193 cadáveres en fosas en San Fernando,
Tamaulipas, México, entre los que inicialmente las autoridades de ese país descartaron la
existencia de personas de nacionalidad salvadoreña, pero a partir de gestiones del Estado de
El Salvador, que se logró la identificación como nacionales salvadoreños de dos personas
fallecidas, lo que fue posible a través de registros dactilares, reconocimiento forense y el
cruce de los perfiles genéticos de los restos encontrados con los perfiles de los familiares en
poder del “Banco Salvadoreño para migrantes no localizados”.
En este caso en particular, además de comunicaciones por la vía diplomática, funcionarios
de la Cancillería y peritos forenses del Instituto de Medicina Legal se trasladaron hasta el
territorio del Estado referido para tales gestiones. Adicionalmente, desde la Cancillería se
brindó el acompañamiento en el proceso de repatriación de los restos y se ofrecieron a
familiares talleres de soporte psicosocial.
Fuente: Memoria de labores 2010-2011 del Ministerio de Relaciones Exteriores, pág. 99
Párrafo 85
En este párrafo se refiere a la situación de desplazamiento interno, señalando que El
Salvador no ha reconocido el problema. Además, se retoman declaraciones de la Relatora
Especial sobre los derechos humanos de los desplazados internos, en el sentido que “El
Salvador no cuenta con un marco jurídico, políticas públicas o programas para su población
desplazada”.
En relación a lo anterior, el Estado se permite comunicar que en el segundo semestre del
año 2017, la Dirección de Atención a Víctimas del Ministerio de Justicia y Seguridad
Pública, que a su vez lidera la Mesa Nacional de Atención a Víctimas, inició una serie de
proyectos que 10
tuvieron como objetivo la formulación de documentos bases para los siguientes esfuerzos:
a)
el Anteproyecto de la Ley Especial para la Atención, Protección y
Reparación Integral a Víctimas de Delito;
b)
la Política Nacional de Atención Integral a Víctimas de Violencia, y;
c)
la Hoja de Ruta de Coordinación Interinstitucional para la Atención y
Protección Integral de las Víctimas de Movilidad Interna a Causa de la Violencia.
Con lo anterior, se pretende garantizar la atención y protección de las víctimas en situación
de movilidad interna a causa de la violencia, por medio de la coordinación y articulación
interinstitucional.
Para la generación de todos los documentos se realizaron talleres consultivos con diferentes
actores nacionales, con el objetivo de lograr una mayor apropiación del tema, los cuales
seguirán desarrollándose durante el año 2018. El 20 de marzo del presente año fue
presentada la Hoja de Ruta de Coordinación Interinstitucional para la Atención y
Protección Integral de las Víctimas de Movilidad Interna a Causa de la Violencia.
Recientemente la PDDH ha iniciado coordinación institucional con la Unidad Técnica
Ejecutiva del Sector Justicia, quienes a través del Programa de Protección a Víctimas y
Testigos están asumiendo al resguardo temporal de algunas personas víctimas de
desplazamiento involuntario, garantizando la protección del derecho a la vida e integridad
personal.
Párrafo 84
En relación a crímenes en contra de la población LGBTI, el Estado comunica que si existen
casos judicializados y condenados, de forma que durante la visita de la señora Relatora y en
su reunión con autoridades policiales, le fue expuesto el caso de los homicidios de mujeres
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