A/HRC/38/44/Add.5
promover un juicio, al determinarse que la conducta de los procesados se encontraba dentro
de la legalidad, lo que no tiene lugar en todos los casos, ya que sin existen condenas a
personal policial o militar por homicidio, uso excesivo de la fuerza y por no respetar los
protocolos establecidos.
Párrafo 49
Se invita a la señora Relatora a verificar los datos presentados y a analizar el documento
denominado: “Informe de la Policía Nacional Civil a las Dra. Agnes Callamard, Relatora
Especial sobre Ejecuciones Extrajudiciales, Sumarias o Arbitrarias, en oportunidad de su
visita a la sede central de la PNC, sobre algunas de las acciones implementadas para la
mejora de los procesos institucionales con enfoque de respeto irrestricto de los derechos
humanos”, que le fue entregado en fecha 29 de enero de 2018 en su reunión con
autoridades de la Policía Nacional Civil y que presenta un cuadro consolidado de policías
sancionados por diferentes faltas graves y muy graves y tipos de sanción impuesta por los
tribunales disciplinarios en los años 2015, 2016 y 2017, cuyos números distan de lo
planteado por la señora Relatora.
Sobre el apartado V Ejecuciones cometidas por actores no estatales
En relación a lo consignado en la letra A de este apartado, como en todos aquellos en que se
maneje información estadística, se recomienda especificar la fuente, a fin de que el Estado
pueda confrontar con los datos en poder de la Policía Nacional Civil
Párrafo 71
En ocasión de la visita de la señora Relatora al edificio central de la PNC, se le hizo entrega
de la siguiente información:
a)
Plan estratégico institucional;
b)
Manual de Policía Comunitaria;
c)
Manual y procedimientos investigativos tomo I/II, en atención a la Ley
Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres;
d)
Manual y Procedimientos investigativos tomo II/II, en atención a la Ley
Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres;
e)
Manual y Procedimientos investigativos tomo III/III, en atención a la Ley
Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres;
f)
Protocolo de actuación para la investigación del femenicidi;
g)
Lineamientos policiales para el abordaje especializado de la violencia contra
las mujeres.
Perfil de la Unidad Institucional de Atención Especializada a las Mujeres en Situación de
Violencia, de la Oficina de Denuncia y Atención Ciudadana (UNIMUJER-ODAC).
Párrafo 82
Se señala que la Relatora recibió información sobre “195 inmigrantes salvadoreños
asesinados en San Fernando, Tamaulipas, Méjico” y que “Los familiares de migrantes
muertos o desaparecidos hablaron de falta de asesoramiento, apoyo y asistencia nacional”.
En relación a este punto, el Estado de El Salvador se permite aclarar en primer orden, que la
cifra de 195 migrantes salvadoreños asesinados en Tamaulipas no se corresponde con los
hechos del caso.
Lastimosamente en Tamaulipas, México, se han presentado hasta la fecha dos graves
hechos que han involucrado a nacionales salvadoreños, el primero es la masacre en 2010 de
7
Select target paragraph3
Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents