A/HRC/32/36/Add.3
Observaciones
Respuesta a la comunicación
168. El Relator Especial agradece las respuestas del Gobierno de Chile a su
comunicación. En este sentido, agradece al Estado por su cooperación con su mandato,
conforme a las resoluciones 24/5 (2013), 21/16 (2012) y 15/21 (2010) del Consejo de
Derechos Humanos.
Visita de país
169. El Relator Especial agradece la invitación a su mandato y la cooperación del Estado
chileno a lo largo de la visita que ocurrió en el país del 21 al 30 de septiembre de 2015.
Quiere destacar la cooperación ejemplar de las autoridades chilenas que contribuyeron
altamente al excito de la misión. Él desea referirse a su informe de misión, que contiene sus
conclusiones y recomendaciones sobre su visita (A/HRC/32/36/Add.1).
Colombia
170. JUA 20/08/2015. Case no. COL 4/2015. State reply: 25/09/2015. Presuntos actos de
intimidación y amenazas de muerte contra un defensor de derechos humanos.
Observaciones
Respuesta a la comunicación
171. El Relator Especial agradece el Gobierno de Colombia por sus respuestas a las
comunicaciones del 20 de agosto de 2015 (COL 4/2015) y por su cooperación con su
mandato, conforme a las resoluciones 24/5 (2013), 21/16 (2012) y 15/21 (2010) del
Consejo de Derechos Humanos.
172. El Relator Especial leyó con atención la respuesta a los interrogantes planteados en
su comunicación del 20 de agosto de 2015, y acoge positivamente las declaraciones y los
pronunciamientos públicos de las autoridades a favor de la comunidad de Paz de San José
de Apartadó. Asimismo, acoge positivamente el convenio establecido con la Fundación
para la Libertad de Expresión y la evaluación de la queja por los hechos mencionados por la
Procuraduría delegado para las Fuerzas militares.
173. En este contexto, pide al Gobierno de Colombia mantenerlo informado del estado de
las investigaciones respecto al caso. No obstante, el Relator Especial se muestra muy
preocupado por el alto nivel de impunidad que prevalece respecto a las agresiones y
violaciones de los derechos de los defensores y defensoras, incluyendo asesinatos y
atentados contra la vida en Colombia. El Relator Especial exhorta a las autoridades a que
tomen las medidas necesarias para que estos actos sean investigados de forma pronta y
adecuada, que los culpables respondan ante la justicia y que las víctimas obtengan
reparación adecuada, en particular, en casos en los cuales la policía, u otros agentes
estatales, resultan involucrados.
174. Recuerda la obligación de los Estados de garantizar un entorno propicio para el libre
ejercicio del derecho de asociación; un derecho consagrado en el Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos, ratificado por Colombia el 29 de Octubre de 1969. A su vez,
advierte contra los entornos que puedan obstaculizar gravemente el disfrute de los derechos
a la libertad de reunión pacífica y de asociación (A/HRC/20/27, párrafo 20).
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