A/HRC/32/36/Add.3 Observaciones Respuesta a la comunicación 168. El Relator Especial agradece las respuestas del Gobierno de Chile a su comunicación. En este sentido, agradece al Estado por su cooperación con su mandato, conforme a las resoluciones 24/5 (2013), 21/16 (2012) y 15/21 (2010) del Consejo de Derechos Humanos. Visita de país 169. El Relator Especial agradece la invitación a su mandato y la cooperación del Estado chileno a lo largo de la visita que ocurrió en el país del 21 al 30 de septiembre de 2015. Quiere destacar la cooperación ejemplar de las autoridades chilenas que contribuyeron altamente al excito de la misión. Él desea referirse a su informe de misión, que contiene sus conclusiones y recomendaciones sobre su visita (A/HRC/32/36/Add.1). Colombia 170. JUA 20/08/2015. Case no. COL 4/2015. State reply: 25/09/2015. Presuntos actos de intimidación y amenazas de muerte contra un defensor de derechos humanos. Observaciones Respuesta a la comunicación 171. El Relator Especial agradece el Gobierno de Colombia por sus respuestas a las comunicaciones del 20 de agosto de 2015 (COL 4/2015) y por su cooperación con su mandato, conforme a las resoluciones 24/5 (2013), 21/16 (2012) y 15/21 (2010) del Consejo de Derechos Humanos. 172. El Relator Especial leyó con atención la respuesta a los interrogantes planteados en su comunicación del 20 de agosto de 2015, y acoge positivamente las declaraciones y los pronunciamientos públicos de las autoridades a favor de la comunidad de Paz de San José de Apartadó. Asimismo, acoge positivamente el convenio establecido con la Fundación para la Libertad de Expresión y la evaluación de la queja por los hechos mencionados por la Procuraduría delegado para las Fuerzas militares. 173. En este contexto, pide al Gobierno de Colombia mantenerlo informado del estado de las investigaciones respecto al caso. No obstante, el Relator Especial se muestra muy preocupado por el alto nivel de impunidad que prevalece respecto a las agresiones y violaciones de los derechos de los defensores y defensoras, incluyendo asesinatos y atentados contra la vida en Colombia. El Relator Especial exhorta a las autoridades a que tomen las medidas necesarias para que estos actos sean investigados de forma pronta y adecuada, que los culpables respondan ante la justicia y que las víctimas obtengan reparación adecuada, en particular, en casos en los cuales la policía, u otros agentes estatales, resultan involucrados. 174. Recuerda la obligación de los Estados de garantizar un entorno propicio para el libre ejercicio del derecho de asociación; un derecho consagrado en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ratificado por Colombia el 29 de Octubre de 1969. A su vez, advierte contra los entornos que puedan obstaculizar gravemente el disfrute de los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación (A/HRC/20/27, párrafo 20). 29

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