Situación durante la
visita
(A/HRC/22/45/Add.1)
Observaciones: medidas adoptadas/situación actual
Nivel de implementación y observaciones (a
ser completado por el GTDFI)
Dentro de los objetivos específicos del PNBPD se
encuentra la promoción de la participación de los
familiares en los procesos de búsqueda para que se dé a
partir de decisiones tomadas por ellos mismos, sobre la
base de información entregada de manera clara,
oportuna y suficiente. En el objetivo estratégico número
2 dentro del PNBPD se recoge que se respetará la
decisión de los familiares sobre la realización de la
restitución de forma individual o colectiva y se brindará
acompañamiento psicosocial y apoyo logístico a la
familia durante todo el proceso fúnebre, de acuerdo a
sus costumbres y creencias. En este mismo sentido se
pronuncia la Directiva Nº 001-2017-JUS/VMDHAJDGBPD en sus disposiciones específicas 6.1.6 y 6.1.7.
o) Facilitar el acceso a la información de
los archivos de las fuerzas armadas y la
Policía Nacional del Perú, a través de
una enérgica cooperación del Ministerio
de Defensa con los requerimientos
judiciales, fundamentalmente en
referencia a la información que puedan
brindar sobre sitios de entierro y
perpetradores.
Ver párrafos 39 a 42 del
informe.
Estado
Al respecto, cabe mencionar que, mediante el Decreto
Legislativo Nº 1267 (16/12/2016) se aprobó la Ley de la
Policía Nacional del Perú, que establece: “Artículo 2.Funciones. Son funciones de la Policía Nacional del
Perú las siguientes: 15) Garantizar el cumplimiento de
los mandato escritos del Poder Judicial, Tribunal
Constitucional, Jurado Nacional de Elecciones,
Ministerio Público y la Oficina Nacional de Procesos
Electorales, en el ejercicio de sus funciones.”
Asimismo, mediante la Resolución Directoral Nº 7762016-DIRGEN/EMG-PNP (27/07/2016) se aprobó el
Manual de Documentación Policial, en el que se
establece que los archivos policiales son “documentos
organizados y conservados en ambientes especiales,
generados en el ejercicio de la función policial, para
consulta y utilización en temas estadísticos, evaluación
científica de la actividad delictiva o productividad
policial, investigación, cultural, histórica, informativa y
de gestión administrativa.”154
154
Manual de Documentación Policial. Capítulo VII: Acervo documental. Literal A. Archivos policiales.
El Grupo de Trabajo toma nota de las medidas
legislativas que facilitarían el acceso a la
información de los archivos de la Policía
Nacional del Perú. Sin embargo, preocupa la
reportada negativa del Ministerio de Defensa
de entregar información respecto del personal
militar destacado en el tiempo y lugar en donde
se cometieron graves violaciones de derechos
humanos, pese a los requerimientos tanto del
Poder Judicial y el Ministerio Público, misma
que habría favorecido la impunidad y retrasado
el esclarecimiento de los hechos.
El Grupo de Trabajo hace referencia al
Comentario General sobre el derecho a la
verdad en relación con las desapariciones
forzadas (A/HRC/16/48 par. 39), mismo que
establece que el derecho a la verdad implica
que el Estado tiene la obligación de dar pleno
acceso a la información disponible para
A/HRC/SS/##/Add.#1
136
Recomendaciones
(A/HRC/33/51/Add.3)
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